Por qué elegir a DyP Seguridad

Nuestra trayectoria nos avala

El grupo humano que conforma DyP Seguridad SRL, tanto en la Dirección, como en el Staff, es altamente calificado y especializado, con una gran experiencia en la problemática de la Seguridad Privada.

Nuestra empresa se encuentra en permanente adaptación a la evolución y necesidades del mercado, buscando soluciones que estén en óptima relación costo-beneficio, mediante la utilización de modernos sistemas y procedimientos para la protección de personas, bienes e información, con comunicaciones claras y coordinación de esfuerzos.

Esta búsqueda de soluciones está directamente asociada a las actividades que DyP realiza, las cuales se encuentran reguladas en las distintas jurisdicciones en las que opera.

Por esas razones, resulta fundamental mantenerse constantemente actualizados y con fluida comunicación con las autoridades de aplicación a fin de encuadrarse dentro de los requisitos legales que le dan el marco regulatorio a los servicios prestados, para lo cual DyP mantiene una constante exigencia sobre su personal de forma tal de mantener actualizadas las habilitaciones correspondientes.

Ver entrevista realizada por Telefé a Laura Romero – Director Técnico de DyP Seguridad.

Por qué DyP Seguridad para empresas

  • Porque la fuerte competencia del mercado, exige que sus directivos se dediquen “full time” a la atención de la función específica de su empresa, confiando la atención de actividades periféricas a especialistas en la materia.
  • Porque un trabajo inicial en conjunto entre su personal directivo y nuestros especialistas le permitirá optimizar, con mínimo costo, sus necesidades de seguridad.
  • Porque desvincula la vigilancia de eventuales situaciones laborales conflictivas, ya que nuestro personal no pertenece al gremio de su empresa.
  • Porque despersonaliza en mayor grado la relación entre la vigilancia y supersonal.
  • Porque desliga a su empresa de los problemas de ausencias imprevistas, enfermedades, vacaciones, necesidad de cambio de personal, etc.
  • Porque de acuerdo a lo establecido en los artículos 29 y 30 de la ley de contratos de trabajo, todo contratante es responsable solidario. Por ello, y para tranquilidad de sus clientes, DYP Seguridad S.R.L. brinda todos los comprobantes que se requieran referidos al estricto cumplimiento de las disposiciones legales, en particular respecto de:
    • Personal con relación de dependencia.
    • Seguros de ley contratados por nuestra empresa.
    • Autorizaciones del Renar para la portación de armas (en los casos que corresponda).
    • Habilitación (tanto de los servicios brindados como del personal que los cubre) por parte de los organismos pertinentes.

Por qué DyP Seguridad para consorcios

  • Porque un trabajo inicial en conjunto entre los copropietarios y nuestros especialistas le permitirá optimizar, con mínimo costo, sus necesidades de seguridad.
  • Porque la grave situación de inseguridad que vivimos, requiere que nuestras vidas y bienes estén en manos de personas que, con criterio profesional, estén capacitados para afrontar y resolver el creciente desafío de la delincuencia actual, dentro del marco estricto de las leyes que regulan la actividad.
  • Porque la relación laboral de los vigiladores es con la Empresa de Seguridad y no con el Consorcio, desvinculando así a los copropietarios de eventuales situaciones laborales conflictivas y desligándolos de los problemas de ausencias imprevistas, enfermedades, vacaciones, necesidad de cambio de personal, etc.
  • Porque despersonaliza en mayor grado la relación entre la vigilancia y los empleados del Consorcio, disminuyendo los riesgos que surgen del exceso de confianza.
  • Porque de acuerdo a lo establecido en los artículos 29 y 30 de la ley de contratos de trabajo, todo contratante es responsable solidario. Por ello, y para tranquilidad de sus clientes, DYP Seguridad S.R.L. brinda todos los comprobantes que se requieran referidos al estricto cumplimientos de las disposiciones legales, en particular respecto de:
    • Personal con relación de dependencia (Cargas Sociales, Obra Social, etc.).
    • Seguros de ley contratados por nuestra empresa (Vida, Responsabilidad Civil, ART).
    • Habilitación (tanto de la Empresa, como del servicio brindado y del personal asignado al mismo) por parte de los organismos pertinentes.